Nueva Ley de Generación Distribuida permitirá acceder a electricidad a un menor costo

El pasado 7 de enero, se publicó en La Gaceta la Ley 10.086, Promoción y Regulación de Recursos Energéticos Distribuidos a partir de Fuentes Renovables. Esta nueva regulación eliminó una serie de trabas que limitaban el crecimiento de este tipo de tecnologías y el acceso a los beneficios derivados de las mismas para las empresas y hogares costarricenses. 

Gracias a la nueva regulación, ya no es necesario pedirle permiso a la distribuidora, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), para la instalación de tecnologías y equipos necesarios para la generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables–como, por ejemplo, paneles solares–en casas, empresas y fábricas que deseen producir su propia electricidad, en el mismo sitio, y que no entregarán electricidad a la red. 

Con esto, se puso fin al conflicto de interés que existía anteriormente, ya que el ICE era quien decidía si aprobaba la instalación de tecnologías y equipos que reducirían sus ventas futuras de electricidad. En adelante, la regulación estará a cargo de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (ARESEP).

Adicionalmente, se eliminaron el tope de un 15% por circuito de distribución para la penetración de recursos energéticos distribuidos, el cual, ahora, se determinará con base en estudios técnicos para cada circuito, y el límite arbitrario que permitía retirar de la red hasta un máximo del 49% de la energía total generada, lo cual limitaba el potencial de ahorro para los generadores distribuidos.

La incorporación de sistemas de almacenamiento de energía (baterías) en la nueva ley incrementa el ahorro potencial, ya que se le sumaría al ahorro por generación de electricidad el ahorro relacionado con una reducción en la demanda que sería cubierta por las baterías.

A pesar de los importantes avances mencionados arriba, quedó pendiente una regulación que permita producir electricidad en un sitio y consumirla en otro. Esto abriría la posibilidad para quienes quieran consumir energía eléctrica en un 100% de fuentes renovables, pero que no cuentan, por ejemplo, con una superficie suficiente para instalar los paneles solares necesarios en un edificio en la Gran Área Metropolitana (GAM). Operativamente, se podría instalar paneles solares en una zona rural con buenas condiciones para la generación de electricidad, pagar a la empresa distribuidora por transportar su electricidad y consumir la electricidad en su oficina en la GAM.

Para mayor discusión, ver “Nueva Ley de Generación Distribuida a partir de Fuentes Renovables”, con Eduardo Kopper [VIDEO]